Quito –
La Corte Constitucional declaró inconstitucional el decreto Ejecutivo 1217 relativo al estado de excepción dictado el pasado 21 de diciembre por considerar que no se adecuaba a las normas constitucionales desde el punto de vista formal y material.
El primer Mandatario decretó el estado de excepción por calidad pública en todo el territorio nacional previo a las festividades de Navidad y Año Nuevo, debido “al grave incremento en el contagio de la COVID-19, por causa de las aglomeraciones así como la exposición a una mutación con mayor virulencia importada desde el Reino Unido, a fin de contener la expansión del coronavirus y sus consecuencias negativas en la salud pública».
La Corte constató que el Presidente de la República fundamentó el estado de excepción en un posible riesgo futuro y no actual, sin base en información suficiente, clara y específica. Ya que los estados de excepción operan frente a circunstancias actuales y ciertas, no se cumplió con la carga probatoria para justificar la real ocurrencia de los hechos.
El dictamen de inconstitucionalidad fue tomado por la Corte Constitucional en una sesión extraordinaria con fecha 27 de diciembre 2020; sin embargo, la Corte recién la noche de este 2 de enero 2021 hizo público el pronunciamiento a los medios de comunicación