Los días de asueto por Carnaval, lunes 4 y martes 5 de marzo del 2019, se sumarán al descanso del fin de semana del sábado 2 y domingo 3, lo cual dará paso al primer feriado largo del Ecuador, en lo que va de este año. El país cuenta con 11 feriados nacionales de descanso obligatorio. Así lo establece la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo, aprobada en diciembre del 2016. Estos días de asueto no son recuperables. Sin embargo, hay empresas que por su giro de negocios no pueden dejar operar durante los días decretados de descanso por festividades. ¿Cuánto debería ganar una persona que tiene que trabajar en el feriado? Según el numeral 4 del artículo 55 del Código de Trabajo, los días de descanso, como sábado y domingo, deben pagarse con el 100% de recargo, por ser trabajo extraordinario. Esto se aplica también para los feriados por ser tiempo de descanso obligatorio. Es decir, en el Ecuador, un trabajador que labore en días de descanso obligatorio debe ganar el doble por cada hora laborada. Gabriel Recalde, del Centro de Estudios de la Política Laboral, explicó que el cálculo se debe realizar de la siguiente manera: el sueldo base del empleado dividido para 240 horas laborables al mes y multiplicado por 2. Ese resultado se deberá multiplicar por la cantidad de horas que la persona haya trabajado durante el feriado. Por ejemplo, si una persona gana USD 500 debe dividir esta cantidad para 240, que es la cantidad de horas laborada en un mes. La cifra que obtenga como resultado debe multiplicar por 2. En este caso sería USD 4,16. Esa cantidad (según el ejemplo USD 4,16) sería la que gana el empleado por cada hora trabajada durante el feriado. A su vez, ese valor se debe multiplicar por las horas laboradas durante el descanso obligatorio. Es decir, si el trabajador labora 8 horas en un día de feriado, su remuneración extra sería USD 33,28. [I]
Por Diario EL Comercio